La responsabilidad civil por contagio de las personas seropositivas al VIH/SIDA (página 2)
El trabajo de
investigación responde a un problema
científico, se podría llegar a
determinar el grado de contribución que han tenido
las acciones
sociales y legales asumidas por parte del Estado Cubano
para disminuir el incremento de las personas seropositivas y
enfermos del VIH–Sida en la
provincia Granma por el actuar negligente de estos
ciudadanos.
¿Cuál es el nivel de conciencia
jurídica que poseen las personas portadoras del
VIH-Sida en la provincia Granma para tener una conducta
responsable y no trasmitir el virus a personas
sanas?, si nos atenemos al alto índice de personas que se
le ha detectado el virus, predominando los HSH.
Nuestro objetivo
general fue el de argumentar la necesidad de incrementar
la responsabilidad de las personas seropositivas al
VIH-Sida en la provincia Granma, dentro del período
comprendido desde el año 2005-2007. Pues a pesar de todas
las acciones educativas y de promoción realizadas por los especialistas
del MINSAP y los órganos del Estado involucrados en el
GOPELS la epidemia en relación con el índice
de casos positivos va en aumento.
Este informe de
investigación consta de tres
capítulos:
En el Capitulo 1, apuntes históricos
sobre la pandemia del VIH/SIDA, abordamos todo lo relacionado
con la enfermedad desde sus comienzos, como ha ido evolucionando
esta en el mundo y en Cuba,
definiciones conceptuales en el orden sanitario
epidemiológica que permiten conocer acerca de esta
pandemia. Y la información estadística del objeto muestral
estudiado.
El Capitulo 2, aborda lo relacionado con la
responsabilidad
civil, desarrollamos apuntes conceptuales teóricos
de esta figura jurídica, desde el ámbito
internacional, como lo dispuesto en nuestro derecho positivo.
Culminando con todo lo relacionado con el Derecho de la Salud y en particular la
responsabilidad médica como persona natural y
la del Estado como persona jurídica.
Un Capitulo 3, donde se hace un análisis de las normas jurídicas
relacionadas con el derecho de la salud, las utilizadas por
los operadores del derecho en Cuba y las relacionadas con el
derecho
comparado por áreas geográficas.
Para la realización y desarrollo del
trabajo asumimos las hipótesis: resulta suficiente
la
educación a la población sobre el riesgo del VIH/
Sida, se cumple lo establecido en la legislación civil
para con los seropositivos que contagian a otras personas, la
legislación sobre el VIH/ Sida resulta suficiente o es
insuficiente, se trabaja lo suficientemente para formar valores y
cultura
jurídica en los jóvenes dentro de la familia
cubana para tomar conciencia en la
prevención de las ITS y VIH/SIDA. Esta recogida en nuestra
legislación civil la exigencia de la responsabilidad
civil.
Para esto como métodos de
investigación utilizados están: el
análisis teórico-jurídico, el
histórico-jurídico, el jurídico-comparativo,
el exegético-jurídico y lógico, la
revisión bibliográfica de materiales
relacionados con el derecho y con la enfermedad del VIH/SIDA, y
la realización de entrevistas a
expertos en el tema, personas viviendo con el VIH/SIDA y
operadores del derecho, en nuestro criterio la técnica de
la entrevista
ha sido fundamental para llegar al procesamiento y
análisis de la información y llegar a mis
conclusiones por los elementos valorativos que me aportó
como operador del derecho dedicado a estudios relacionados con el
derecho de la salud.
Entre los beneficios de la investigación
realizada que puede aportar este trabajo estarían
focalizados en: el mejoramiento de la calidad de
vida de las personas, por vía del aumento de los
niveles de realización de ciertos derechos subjetivos; el
perfeccionamiento de la labor de determinadas instituciones
en la creación y aplicación de normas referente
al tema, y contribuir a promover el desarrollo de la cultura
jurídica de la población en torno a
determinados aspectos que se señalan en la
investigación. Destinado estos resultados a los
especialistas del Ministerio de Salud
Pública dedicados al estudio de las ITS/VIH-Sida, los
sociólogos, los operadores del derecho y ciudadanos en
general.
CAPÍTULO 1
Apuntes
históricos sobre la pandemia del VIH/SIDA
A modo de
preámbulo:
La historia recoge que los
primeros casos de VIH se detectaron en los Estados Unidos de
Norteamérica en el año 1991, desde entonces la
brutal epidemia se ha convertido en todo un enigma para el mundo,
los galenos Michael Gotteb y sus colaboradores nunca
podrían imaginar la trascendencia de sus hallazgos. En sus
inicios con prevalencia en homosexuales.
En el año 1983, investigadores del Instituto
Pasteur de Paris, Francia. A la
cabeza del Dr. Luc Montagnier reportaron el aislamiento de un
nuevo tipo de retrovirus, pues ya años antes el Dr. Gallo
en los Estados Unidos ya había descubierto otros
retrovirus humanos.
En la actualidad se reconoce que Montagnier
descubrió el VIH Tipo I y II, y el Dr. Gallo propicio la
metodología para descubrir los retrovirus
humanos, es por esto que a ambos se les atribuye el
descubrimiento del virus.
La infección por el VIH-SIDA es considerada
como uno de los problemas que hoy en día
continúan azotando a la humanidad, por su
número creciente del aumento de casos en el mundo
sin aparecer una cura posible. La epidemia se adentra ya en
la tercera década de existencia, hay conocimiento de los diferentes aspectos que
se incluyan en las políticas del país y de esta
forma tratar de disminuir la incidencia de casos logrando
un abordaje integral. Los inicios de la epidemia se
enmarcan en el año 1980, cuando se comenzaron a
proponer diferentes teorías sobre su surgimiento, algunos
adujeron que era un arma creada por el
hombre para la guerra
biológica, otros señalaron que había
pasado de algunas especies de monos al hombre,
y que surgió de una mutación genética que lo hizo mas letal, otros
señalaron que era una maldición divina en
castigo a las conductas pecaminosas del hombre, pero la
teoría mas aceptada sobre su origen
esta basada en sueros guardados hasta hoy en día, de
que este virus existía desde la década de los
años 50, y que se disemino fácilmente por el
mundo, coincidiendo con la liberación sexual de los
años sesenta como una forma de captar votos los
partidos
políticos en su lucha por el poder, y
la facilidad actual de hoy día en tener comunicaciones rápidas en el mundo
.Es considerada hoy día como un problema de
salud debido al numero creciente de casos de personas en el
mundo con la infección por VIH/SIDA, cobrando ya
más de 20 millones de vidas, estimándose que
alrededor de 5 millones de personas hayan contraído
el VIH a lo largo de todos estos años, Por lo que
podemos significar que hay 42 millones de personas que
viven con el virus en todo el mundo.Los estimados señalan que para el
próximo año 2010 en el mundo habrá
40 millones de niños huérfanos debido a esta
pandemia, la evidencia de su impacto es irrefutable.
Según estimados de ONUSIDA y de la
Organización Mundial de la Salud hay poblaciones
de África Subsahariana, de América Latina y en especial del
Caribe y del Sudeste Asiático que muestran
incrementos muy alarmantes de la infección. Es el
Caribe el segundo en el mundo con la mayor tasa de
prevalencia después del continente africano. De
estas un 78% refieren como vía probable la
transmisión por relaciones
sexuales, de ellas un 43% son heterosexuales y 35%
hombres que tienen sexo con
otros hombres.En el Caribe y en Latinoamérica las cifras están
cercanas a los 2 millones de personas
infectadas.En Cuba existe todo un programa
Nacional de Control
y Prevención de las Infecciones
de Transmisión Sexual, identificadas como las
(Infecciones de Transmisión Sexual) VIH-SIDA el cual
se ha pronunciado por mejorar la calidad
de vida de las personas seropositivas, cosa aún no
lograda en su magnitud producto
del estigma y discriminación de algunas personas de
nuestra sociedadEl Dr. Carlos Lage Dávila, Vicepresidente
del Consejo de Estado de la República de Cuba, en
sus discurso
pronunciado en Nueva York en el 2001, expresó:
¨ el programa de lucha contra el SIDA en
Cuba, garantiza una atención integral… a todos los
portadores del VIH y enfermos de SIDA con tratamiento
medico especializado para estos casos, además se
lucha sin descanso por el logro de la mas plena
integración social con todos los derechos y
sin discriminación de las
PVVIH/SIDA.¨Se describe por los estudiosos del tema de salud
que donde se ha propagado de una forma descontrolada, la
epidemia esta arrebatando a los países los recursos
y las capacidades, de los que dependen su seguridad y su desarrollo
humano. Pues combinado con otras crisis,
esta sumergiendo en la miseria a sectores cada vez mas
amplios de la población.El mundo continúa de brazos cruzados
mientras la epidemia se continúa propagando, en
particular en los países pobres, con una incidencia
en 126 países de ingresos
bajos o medianos, los que tienen epidemias bajas o medianas
de esta terrible enfermedad. Por tanto a menos de que el
mundo logre articular y potenciar un esfuerzo global de
prevención, la epidemia continuara
creciendo.El tercer milenio ha sorprendido a la
humanidad en esta lucha desesperada , por erradicar la
pandemia del SIDA, amen de que los avances
tecnológicos de estos últimos años
permiten aflojar las cuerdas que anudan al VIH/SIDA con
la
muerte, sin embargo se ha podido demostrar que la
prevención es una terapéutica más
eficaz de hoy día.Por tanto diversos estudios han demostrado que el
problema del VIH/SIDA no concierne a un solo sector de la
sociedad y que no podrá hallársele una
solución mediante acciones médicas y
sanitarias, pues muchos aspectos dependen de la actividad
humana, a las condiciones de vida, al contexto
económico y social, a las normas sociales y
culturales, a los modelos
de sistemas
y valores.Hay que significar además que en los
primeros tiempos de la epidemia en el mundo, vivir con
VIH/SIDA significaba enfrentarse al aislamiento, la soledad
y el rechazo que toda nueva pandemia genera. Cuba no estuvo
ajena al curso de los acontecimientos y siguieron la misma
línea, con la marcada diferencia del apoyo del
Estado a las personas afectadas.La ecuación VIH=SIDA=MUERTE, en
relación con las personas infectadas, a las que se
les impuso el rol exclusivo de pacientes, siendo tan solo
receptores de servicios. Por tal razón su vida
estuvo relacionada con los aspectos médicos, dejando
a un lado el
trabajo, proyectos futuros, la familia,
el amor,
y otros afectos.El VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA,
pertenece a la familia de los retrovirus y a la sub familia
de los lentivirus, su estructura es simple, esta compuesta por una
corteza hecha de proteína y un núcleo interno
con sus genes. Este virus penetra en el organismo, donde
ataca y destruye, las células CD4, elementos esenciales del
sistema
de defensa inmunológico. Se replica incesantemente
evitando que las células CD4 desempeñen su
función de defensa del organismo
contra las enfermedades. Luego de un periodo de
incubación de alrededor de 11 años,
provocando el SIDA. Parafraseando sus siglas, estas
expresan lo siguiente:.Síndrome,
condición causada por un conjunto de signos y
síntomas que se presentan de forma
simultánea.Inmune, se refiere al sistema
inmunológico, es decir, al sistema del organismo que
combate a las enfermedades.Deficiencia, falta o carencia, en este
caso, del sistema inmunológico.Adquirida, se refiere a que no es una
condición genética o hereditaria sino que se
adquiere generalmente después del nacimiento, como
consecuencia de acciones especificas.En el mundo se reconocen dos tipos, VIH 1 y
el VIH 2, ambos se distinguen por el examen de
anticuerpos a través de las pruebas
que se realizan en laboratorios para su detección,
no obstante el segundo parece ser el de más
difícil transmisión y su periodo de
incubación mucho más prolongado. Hay otra
diferencia, el VIH 1 esta diseminado en todo el
mundo y es predominante, el VIH 2 solo se
encuentra sobre todo en el África
Occidental.Se trasmite a través de las vías
siguientes: la sexual, que ocurre al tener
relaciones sexuales desprotegidas o sin usar condón
(vaginales, anales, orales o bucogenitales, donde haya
intercambio de semen, fluido vaginal y/o liquido preseminal
infectadas con el VIH, la sanguínea, presente
al intercambiar jeringuillas con sangre
infectada, a través de trasfusiones de sangre o el
uso de hemoderivados (en nuestro país la sangre
donada es pesquizada en los Bancos
de Sangre), trasplantes de órganos y tejidos
humanos, diálisis y hemodiálisis. Los
tatuajes pueden ser también riesgosos, pues
se puede contraer esta enfermedad si no se usan
instrumentos debidamente esterilizados, y la última
la perinatal o materna, que ocurre durante el
embarazo
de una mujer
infectada (prenatal), el parto
y/o la lactancia materna (postnatal).En el mundo y en Cuba para detectarlo se realizan
dos tipos de pruebas por parte del Sistema de Salud, que
consisten en el test
UMELISA, prueba de detección para la que se
emplea un reactivo muy sensible, por lo que ante un
resultado positivo, se impone confirmar dicho resultado. La
WESTER BLOT, otra prueba mucho mas especifica,
confirma la presencia del virus en el organismo.Hasta ahora no existe ningún tratamiento
que sea efectivo en la cura de esta enfermedad, sin embargo
si hay terapias antirretrovirales que si tienen un impacto
importante en el
estado clínico de la persona que vive con el
VIH/SIDA, restableciendo su sistema inmunológico y
reduciendo la carga viral a niveles indetectables,
traduciendo a una dilación del periodo
asintomático o de incubación, pero ojo estas
terapias pueden no ser efectivas para algunas
personas.No debo culminar sin referirme a las
INFECCIONES DE TRANSMISIÓN SEXUAL, muy
comunes en todo el mundo, la Organización Mundial de la Salud ha
estimado que las mismas constituyen a escala
mundial la causa de enfermedad mas frecuente por la que los
adultos solicitan consulta médica, con prevalencia
significativa en los hombres de 15 a 44 años y la
segunda causa mas importante, después de las
maternas, en mujeres jóvenes de países en
vías de desarrollo. Estas infecciones son producidas
por mas de 20 agentes etiológicos e incluye una
serie de enfermedades de naturaleza infecciosa, en las que la
transmisión sexual constituye su denominador
común, tanto por vía vaginal, oral o anal, a
pesar de no ser solo el único mecanismo de
transmisión. De entre las más comunes tenemos
a la gonorrea o blenorragia, la sífilis, la Chlamydia, el Herpes
genital, el Condiloma acuminado, la trichomoniasis,
moniliasis, chancro blando, linfogranuloma venéreo,
granuloma inguinal, entre otras. De ahí su estrecha
relación con el VIH/SIDA.- Historia de la Pandemia en el Mundo
La epidemia del VIH/ SIDA afecta a todas las
personas sin distinción de sexo, raza, edad, status
económico, político o social y hasta el
momento no existe cura para ella como antes
referíamos, sin embargo, se ha demostrado que
el
conocimiento y la educación acerca de la enfermedad
proporciona una vía certera para prevenir la
infección y la propagación de esta
epidemia.En Cuba, la epidemia se presenta actualmente a un
ritmo de crecimiento lento pero sostenido, cada año
se supera el número de casos diagnosticados en
relación con el anterior.El sexo masculino el mas afectado y dentro de
ellos los hombres que tienen sexo con otros hombres, entre
estos los jóvenes de 15 y 24 años de edad son
los de mas alto promedio, aunque los otros grupos
de mayor edad no están exentos de adquirir la
enfermedad.El SIDA se ha convertido en una pandemia que
afecta, de una manera u otra, a todas las naciones del
orbe. Según estimaciones del Programa Conjunto de
las Naciones
Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), a inicios
del 2003 vivían en el mundo 42 millones de personas
con VIH/SIDA, 5 millones de las cuales se había
infectado en los últimos doce meses, sin contar los
más de 26 millones de humanos ya fallecidos por esa
causa desde el comienzo de la epidemia en 1981.El país muestra
una situación favorable hoy, en relación con
la mayoría de los países del mundo, con una
prevalencia menor de 0.1. Con cuatro factores
esenciales han contribuido a ello, que son: existencia de
una voluntad política del Gobierno de apoyar
con recursos todo lo que fuese necesario para implementar
estrategias de intervención en
concordancia con nuestra realidad nacional, la
fortaleza del Sistema Nacional de Salud, la
creación y funcionamiento de los Grupos Operativos
para el Enfrentamiento y Lucha contra el SIDA (GOPELS), los
cuales materializan la lucha intersectorial contra la
epidemia. Y la participación de la
población, de forma activa, en las diferentes
acciones educativas.A partir de 1986 se implemento el Programa
Nacional de Control y Prevención de las ITS/VIH/SIDA
en el país, pues solo existía el Sistema de
Atención Sanatorial para todas las personas viviendo
con el VIH/SIDA, momento en que surge el primer sanatorio
el de Santiago de las Vegas o Los Cocos, como habitualmente
se le conoció, ya en el 1993 comenzó
una nueva forma de atención denominada Sistema de
Atención Ambulatoria, el cual permite a estas
personas vincularse a la sociedad y asegurarles una
asistencia medica integral desde la atención
primaria llegando a la especializada en el Sistema de la
Salud de Cuba, denominado reinserción social. Por tanto en
estos momentos hay coexistiendo dos regímenes, un
sistema de atención sanatorial vigente desde 1986 y
un sistema de atención ambulatoria. Con un total de
casos diagnosticados de 5 116 en ese momento de detectarse
los primeros casos en el país, en su mayoría
procedentes del continente Africano, que fueron ingresados
en el Hospital Naval de la Ciudad de La Habana.A estas personas diagnosticadas con la enfermedad
le han sido creados espacios, hoy ya pueden intercambiar
sus experiencias, ideas e iniciativas, lo que los ayuda
psicológica, espiritual y socialmente, les eleva su
autoestima y les ayuda a sentirse
útiles dentro de esta sociedad.En Cuba se parte que la familia es la
célula primaria y más importante de la
sociedad, es el primer eslabón con el mundo
circundante, es la partida y el remanso, siempre
será el nido cálido donde se regrese para
encontrar apoyo, orientación y amor. - El VIH-SIDA en Cuba. Contexto y entorno social
actual. - Panorámica de la incidencia del VIH/SIDA
en el período 2005- 2007 en la provincia
Granma.
Fueron diagnosticadas a partir del 2005, por parte de
los especialistas de la salud 52 casos, para un 62.3 x106
habitantes, contra 29 en el período del año
2004. El Incremento fue de 82.7%. La tasa de
Incidencia de Cuba en ese año fue de 64.6 x 106
habitantes en el numero de casos.
Las formas de detección fueron diversas en el
orden de las variables
epidemiológicas, de entre las que se destacan, captados:
(23), Reclusos (3), Contactos: (10), Gestantes (3),
Ingresos (3), Donantes o por Trasplantes de órganos
(5), Infección por Transmisión Sexual (4),
Emigrante y Nefrópata (1 uno cada uno).
En el 2006, se diagnostica por parte de las Autoridades
Sanitarias 53 casos, para un 65.9 x106 habitantes, contra
52 en el período del año 2005 si lo comparamos. Ya
en este año la prevalencia sexual se comportó de
esta forma: masculino 48(90.5%), Femenino 5 (9.5%) y de ellos el
(44) 89.7 % son hombres que tienen sexo con otros
hombres.
Similar al anterior 2005, las forma de detección
por variables fueron: Captados: (24), Contactos (9), Donantes
o por trasplante de órganos (4), Recluso (3),
Espontáneo (1), ingreso (7), Infecciones de
Transmisión Sexual (3), Emigrante y Gestante
(1).
En el 2007, se diagnostican por las acciones realizadas
por las Autoridades Sanitarias 51 casos hasta el mes de
octubre, para una tasa de 61.2 x 1000 000 habitantes, contra 45
en el período del año anterior.
Por incidencia en el sexo, se comporto: en el sexo
masculino 35 (68.7%), y en el femenino: 16 (31.3%), de estos el
(31) 91.17 % son hombres que tienen relaciones sexuales con otros
hombres.
Esto propicia un acumulado total de 156 casos con
VIH/SIDA, como prevalencia actual en la provincia, hasta el
cierre del mes de octubre 2007.
Es opinión de la especialista entrevistada como
consultante en el territorio objeto de la muestra investigativa a
cargo del programa VIH/SIDA, en el Centro Provincial de Higiene y
Epidemiología en Granma, que las personas que han
resultado positivas como resultado de haber recibido
donaciones de sangre y de órganos y tejidos
humanos, el diagnóstico que se les realizó fue a
través de la prueba UMELISA.
Si estas personas estaban en el periodo de ventana de la
enfermedad no lo detectó la prueba antes citada,
resultando imprescindible entonces realizarles el
diagnóstico mas especializado denominado WESTER
BLOT.
Nos expuso sobre el tema, que de la sangre se fabrican
muchos hemoderivados y al inocularse estando en este periodo de
ventana del virus puede contaminarse la persona que recibe el
medicamento, entre los que pueden estar las vacunas
gamma globulina, el interferón, el factor de
transferencia, entre otras.
A pesar de todas las regulaciones y normas de
fabricación en los centros de producción, no estamos exentos a que pueden
darse casos de contaminación de la sangre al producirse el
hemoderivado e inocularse al ser humano. Esta es la parte de la
responsabilidad del Estado para con sus ciudadanos, muy
distinta a la responsabilidad de la persona seropositiva
con el VIH/SIDA.
- Programa Nacional para la prevención del
VIH-SIDA.
En 1986 fue implementado el Programa Nacional de
Prevención del VIH/SIDA, que contiene cuatro componentes
con el fin de reducir las tasas de prevalencia: la
vigilancia epidemiológica, el componente educativo, la
atención médica, y el de las investigaciones.
La atención a las personas viviendo con VIH, que a inicios
de la epidemia fue solo sanatorial, y que a partir del año
1993 se amplió a la atención ambulatoria.
Una vez diagnosticadas reciben el curso denominado
Aprendiendo a vivir con VIH, la atención
especializada según sus necesidades, los beneficios de la
Seguridad Social en caso que lo requieran y mantienen su
vínculo laboral
establecido en nuestro país.
El país ha hecho grandes esfuerzos por mejorar la
calidad de vida de estas personas; se invierten recursos en la
producción de medicamentos antirretrovirales desde el
año 2001 debido a sus altos costes económicos para
adquirirlos. El incremento de la calidad de vida de la personas
que viven con el VIH se ha hecho evidente en el acceso gratuito a
los medicamentos, la disposición de medios
diagnósticos para asegurar su seguimiento y las medidas
tomadas para reforzar su alimentación y
cuidado, que se refleja en la reducción de los casos SIDA,
disminución de la mortalidad y el aumento de los
años de vida después de la
infección.
Asimismo se trabaja en un protocolo para el
desarrollo de un Candidato Vacunal, en correspondencia con
el postulado constitucional en su artículo 30 y lo que se
dispone en la Ley no. 41, Ley de la Salud
Pública.
La transmisión materna infantil del VIH
constituye uno de los problemas ante el cual los profesionales
dedicados a la atención de los pacientes viviendo con el
VIH muestran mayor preocupación, dada la dimensión
ética
que adquiere en el contexto del SIDA. Mantener la función
reproductiva es y será, un tema controversial y a su vez
de gran importancia, por lo que los profesionales deberán
mostrar un alto nivel de preparación técnica y una
elevada sensibilidad humana. En el año 2000 se
elaboró la Respuesta Ampliada a la Epidemia para los
diferentes sectores sociales y el año 2001, el Plan
Estratégico Nacional. Este Programa Nacional, por su
parte, está diseñado para que todas las personas
sin distinción de sexo, edad, procedencia social o
preferencia sexual, tengan acceso a los servicios de
promoción de salud y prevención. La sección
dedicada al VIH/SIDA del segundo informe de Cuba sobre el
Cumplimiento de las Metas del Milenio, muestra que un grupo de ellas
están plenamente cumplidas, y que en otras el avance es
relevante y se trabaja por alcanzarlas en el plazo previsto, bajo
el lema: una vida mejor para todos con la
participación de todos.
No obstante, por lo difícil que resulta enfrentar
un problema tan ligado a conductas humanas complejas, como son
las conductas sexuales, se ha priorizado el desarrollo del
componente educativo del Programa Nacional de Prevención y
Control del VIH/SIDA.
Hoy el país ha diagnosticado un total de 9 039
personas con el VIH hasta el cierre de octubre 2007, del sexo
femenino el 19%, y el masculino con 81%. De estos ya han
enfermado con el VIH 3 427. Hoy hay viviendo con el VIH 7
379, de estos han fallecido 1 550 por el virus y 110 por otras
causas.
1.3.2 Los GOPELS, una propuesta
estatal.
Es el Plan
estratégico del Programa Nacional de Prevención y
Control de las ITS/VIH/SIDA en Cuba, en la lucha contra la
epidemia requiere de estrategias plurisectoriales capaces de
involucrar a una gran variedad de ámbitos, además
de la Salud. La constitución de este grupo operativo para
el enfrentamiento y lucha contra el SIDA y su perfeccionamiento
con un enfoque mas integral a través del Plan
Intersectorial y el Plan estratégico nacional, ha
organizado al enfrentamiento a esta epidemia desde todos los
sectores del quehacer nacional en Cuba. Pues partiendo de la
Planificación estratégica, cada
acción
que se ejecuta tiene un diseño.
Actores que la ejecutan y un respaldo institucional.
Su esencia consiste en identificar las oportunidades y
peligros que surgen en el futuro, combinando los datos importantes
proporcionando de esta manera una base para la toma de
decisiones y evitar los peligros de la epidemia.
Este Grupo Operativo Para el Enfrentamiento y Lucha
contra el SIDA, intersectorial fue creado en 1986 con el
propósito de trazar las políticas para enfrentar la
situación de salud ocasionada por la aparición de
la Epidemia del VIH/SIDA en nuestro país. Está
constituido por los organismos y organizaciones,
demostrándose la responsabilidad del Estado en trabajar en
la disminución de la propagación de la enfermedad.
Entre estos el Consejo de Estado, el Comité
Ejecutivo del Consejo de Ministros, el Comité Central del
Partido Comunista de Cuba, el Grupo de Apoyo del Comandante en
Jefe, los Organismos de la
Administración Central del Estado, el Tribunal Supremo
Popular, la Fiscalía General de la República, el
Laboratorio de
Referencia Nacional, los Sanatorios, el Centro de
Promoción y Educación para la Salud, el Centro
Nacional de Prevención de las Infecciones de
Transmisión Sexual y el VIH/SIDA, el Centro Nacional de
Educación
Sexual, el Centro de Investigaciones psicológicas y
sociológicas, el Instituto de Medicina
Tropical "Pedro Kouri", el Campismo popular, la
Federación de Estudiantes Universitarios,
Federación Estudiantil de la Enseñanza Media, Unión de
Jóvenes Comunistas, Comités de Defensa de la
Revolución, Federación de Mujeres
Cubanas, Comisión Nacional de Prevención Social y
la Asociación Nacional de Agricultores
Pequeños.
En cada provincia y municipio este grupo se reúne
con las autoridades sanitarias y trazan la estrategia a
seguir para determinar acciones y estrategias de trabajo en
relación con el enfrentamiento de este flagelo
1.4 Promoción y Consejeria
VIH-SIDA.
La Consejeria (counselling), es una herramienta
de comunicación por excelencia, que puede
ayudar a que los profesionales de la salud se relacionen con sus
usuarios de una manera eficaz para abordar temas
difíciles, aunque algunos prefieran usar el término
que proviene de la psicología
occidental. En este caso se utiliza como una herramienta de una
relación de ayuda, facilitándose al individuo para
que exprese sus sentimientos y preocupaciones, que identifique su
riesgo real, tanto de infectarse, de estar infectado, como
trasmitir la infección a otros, es una vía para
ayudar a los necesitado a desarrollar un plan de
prevención personal, en
dependencia de sus actos, costumbres, necesidades y problemas.
Coexisten dos tipos la consejería preprueba y la
postprueba. Donde le permitiría reflexionar sobre su
actuar con responsabilidad.
En cuanto a la actividad de promoción existe en
el país un Centro Nacional de Prevención de las
ITS/SIDA, y en cada provincia y municipios existen los Centros
Provinciales de Higiene y Epidemiología, que como un
área de trabajo existen los Centros de Promoción
y Educación para la Salud donde hay un grupo de
especialistas dedicados a investigar las causales de la
enfermedad en cada territorio y todas las acciones de
promoción a realizar con la cooperación de las
instituciones del estado, de la cuál refiero como una de
estas el lazo rojo por ser de las de mayor significación
cuando se celebra a escala internacional el día del
seropositivo.
En Cuba se utiliza el servicio de
voluntarios en la prevención del VIH/ SIDA con buenos
resultados, en sus inicios fueron las personas que contrajeron la
enfermedad, hoy en día esto ha cambiado, pues ya suman en
este ejercito aproximadamente mas de cinco mil personas, en su
mayoría jóvenes que trabajan en proyectos dirigidos
a los jóvenes, los hombres que tienen sexo con otros
hombres, y personas que viven con el VIH, y el carrito por la
vida.
El lazo rojo fue creado por el
grupo Visual AIDS en Nueva York en 1991. Hoy, es el
símbolo internacional de la toma de conciencia sobre el
VIH/SIDA. Cada vez lo llevan más personas en todo el mundo
para demostrar su solidaridad y
apoyo a los afectados por el VIH, a los enfermos, a los que han
fallecido y a los que se preocupan por alguien que sufre la
enfermedad. En 1996 el Programa Mundial de Naciones Unidad para
el VIH/SIDA (ONUSIDA) lo incorporó de manera oficial a su
logotipo. Un azote mundial como el SIDA, requiere por supuesto,
una acción humanitaria mancomunada en su contra. Esta
solidaridad, de hecho ya existente y desarrollado por
múltiples organizaciones, tenía que complementarse
con algo que sirviera como símbolo internacional;
así surgió el lazo rojo, un emblema de apoyo
y esperanza para quienes han sido golpeados por esta enfermedad.
No es un símbolo exclusivamente homosexual, aunque en un
primer momento fuera usado por gays y lesbianas como señal
de confraternidad con los afectados de VIH/SIDA. También
su presencia era un signo de visibilidad de la enfermedad y de
esa manera cualquier persona infectada era señalada y
apartada, además de condenada a permanecer
oculta.
El rojo es una clara alusión al color de la
sangre, así como también una representación
de la pasión. Desde el momento que se entregaron los
premios Tony en 1991, en especial por el actor Jeremy Irons, el
lazo rojo se popularizó enormemente.
En la actualidad no hay personalidad
famosa que se precie de tal, que no lleve el lacito en la solapa
de la chaqueta o en algún lugar del vestido.
Lamentablemente, en muchos casos se lo utiliza como un mero
elemento decorativo exterior, por medio del cual la persona se
propone causar "buena impresión".
Un incidente que motivó el repudio de mucha gente
que siempre vio en ese símbolo el verdadero homenaje a
todas las víctimas de El lazo rojo fue creado por
el grupo Visual AIDS en Nueva York en 1991. Hoy, es
el símbolo internacional de la toma de conciencia sobre el
VIH/SIDA. Cada vez lo llevan más personas en todo el mundo
para demostrar su solidaridad y apoyo a los afectados por el VIH,
a los enfermos, a los que han fallecido y a los que se preocupan
por alguien que sufre la enfermedad. En 1996 el Programa Mundial
de Naciones Unidad para el VIH/SIDA (ONUSIDA) lo incorporó
de manera oficial a su logotipo.
Hay otro sinnúmero de acciones en materia de
prevención que se realizan como son obras teatrales,
talleres, competencias de
dibujo,
cruzadas, audiovisuales a través de los medios de
comunicación, y muchos más, que permiten
trasmitir el riesgo de no realizar un sexo seguro y
responsable.
1.5 El Mercadeo del
Condón, un impacto para la prevención del
VIH-SIDA.
Con el objetivo de brindarle a la población una
nueva opción de protección contra las ITS/VIH/SIDA,
Vigor se presenta con un diseño cubano. Es
un condón de alta calidad, probado electrónicamente
y que cumple con la norma ISO 4074:2002
de la OMS. Es posible adquirirlo al precio de 1
peso en moneda nacional, en todas las farmacias que prestan
servicio de 24 horas de la capital cubana
y otros puntos de venta no
tradicionales como cafeterías, centros nocturnos y en los
municipios cabeceras del resto de las provincias del
país.
Entre las alternativas de prevención
podemos citar: el riesgo de que usted contraiga el VIH, o
lo contagie a alguien más, depende de varias cosas. Pero
siempre si de verdad se propone evitarlo, hay opciones donde
escoge, siempre actuando con conductas responsables y son:
abstenerse de tener relaciones sexuales (no tener relaciones por
medio oral, anal o vaginal) hasta que esté en una
relación exclusiva con una sola persona.
Tener relaciones sexuales solamente entre dos, y saber
que ninguno de los dos tiene el VIH. Si tienen el VIH, usar
condones para prevenir otras infecciones de
transmisión sexual y una posible infección con una
cepa diferente del VIH. Si solamente una persona en la pareja
tiene el VIH, use condones de látex y lubricante cada vez
que tiene relaciones sexuales.
Si tiene, o piensa tener, más de una pareja
sexual, piense en tomar alguna de las siguientes medidas de
precauciones para que actué responsablemente ,
entonces hágase la prueba del VIH, si usted es un
hombre que tiene relaciones sexuales con otros hombres,
hágase la prueba de detección al menos una vez al
año, si usted es mujer y está embarazada o piensa
embarazarse, hágase la prueba de detección lo antes
posible, antes de tener a su bebé. Hable acerca del VIH y
otras ITS con cada pareja antes de tener relaciones sexuales con
ella. Entérese lo más que pueda sobre el pasado
sexual de su pareja (uso de drogas y
comportamiento
sexual), y tome en cuenta los posibles riesgos a su
salud antes de tener relaciones sexuales con esa pareja.
Pregúntele a sus parejas sexuales si se han hecho la
prueba del VIH recientemente y aliente a quienes no se la hayan
hecho a que se la hagan. Use condones de látex y
lubricante cada vez que tenga relaciones sexuales. Si piensa que
estuvo expuesto a otra Infección de Transmisión
Sexual como gonorrea, sífilis o una infección de
Chlamydia trachomatis, busque tratamiento. Estas
enfermedades pueden incrementar el riesgo de la
transmisión del VIH aun cuando piense que usted tiene un
riesgo menor de infección con el VIH, hágase la
prueba siempre que vaya al médico para su examen
físico general. No se inyecte drogas ilegales (drogas que
no son recetadas por su médico). Usted puede contagiarse
con el VIH a través de agujas, jeringas y otros
artículos que estén contaminados con la sangre de
alguien que tiene el VIH.
Además, las drogas pueden entorpecer sus
facultades mentales, lo cual podría aumentar las
posibilidades de tener relaciones sexuales sin las medidas de
prevención necesarias.
Si aún así se inyecta drogas
ilegales: use solamente agujas, jeringas y otros
artículos que estén limpios, nunca comparta agujas,
jeringas ni otros artículos empleados para inyectarse,
tenga cuidado de no exponerse a la sangre de otra persona,
hágase la prueba del VIH por lo menos una vez al
año, piense en la posibilidad de recibir consejería
y tratamiento para dejar de usar Drogas.
No tenga relaciones sexuales después de haber
tomado drogas o bebidas alcohólicas porque esto
podría aumentar las posibilidades de tener relaciones
sexuales sin las medidas de prevención necesarias. Para
protegerse, siempre recuerde y tenga en cuenta estos tres
consejos básicos y actuara con responsabilidad. La
fidelidad, la abstinencia y el uso del
condón.
El mercadeo de condones se ha comportado desde
sus comienzos hasta el 2007 como objeto muestral, que en las
ventas
realizadas por el Ministerio de Salud Pública, en toda la
red de farmacias
cubanas y en particular en nuestra provincia en un aumento
creciente, lo que indica que se esta adquiriendo cierto
índice de conciencia y de nivel de conocimiento de la
enfermedad.
1.6 Posición de la Iglesia Cubana
respecto a las Infecciones de Transmisión Sexual y el
VIH/SIDA:
Revisando la publicación que aparece en la
revista ETHOS,
publicada por la Diócesis de Santa Clara, en cuyo
artículo referido VIH-SIDA: un llamado a la
reflexión, nos insta a toda una revisión semántica del tema objeto de nuestro
trabajo, ya que va mucho más allá, pues se enmarca
desde la década de los años 1970, con el concepto de
enfermedades
venéreas, incluidas posteriormente con el termino de
enfermedades de
transmisión sexual y ya en la década de los
años 90 con ITS y con esto la llegada del VIH como un
exponente desafortunado y clásico de un nuevo agente
biológico.
Para nadie en el mundo de hoy día que cuando
comenzaron a detectarse los primeros casos en el mundo de SIDA,
la vida en el planeta cambio, pues
es un agente que sobrepasa las fronteras geográficas
étnicas, sociales, culturales u que se le ha denominado
como La epidemia de los tiempos modernos.
Este es un virus que carece de responsabilidad
social y sin dudas transita por los fallos de nuestra
sociedad, es un ejemplo de intensa replicación. Las formas
de transmisión tiene rutas concretas, y todas son
prevenibles, es por ello que nos compromete aún
más. En el mundo las formas de transmisión son por
vía sexual, a través de sangre contaminada y la de
madre a hijo. Es importante recadar que nunca antes en el mundo
se había unido tantos conocimientos y tantas disciplinas,
para intentar resolverlo, y claro esta que no hay otra forma de
enfrentarlo que no provenga de la articulación e integración de personas con voluntad de
actuar y de esta forma la iglesia católica construye su
misión
con acciones educativas preventivas, de entre las que
consideramos tiene relación con el tema son a nuestro
criterio: acompañar a estas personas que viven y
prepararles para la Vida y la Muerte, cuidar
las formas de expresión recordando que son personas que
viven con VIH o SIDA, trabajar con los expuestos a contactar con
el virus a través de acciones preventivas y educativas
para favorecer las conductas sexuales
responsables.
Esta ultima en mi opinión como tema central del
trabajo es a la que aún no se ha llegado ni con las
personas que son portadores de la enfermedad, ni con quienes
tienen el riesgo de poder adquiría y continúan con
conductas irresponsables en torno al sexo seguro.
A modo de conclusión:
En este primer capitulo se ha hecho un análisis
histórico del surgimiento, de la evolución y de los conceptos médicos
del VIH/SIDA en relación con el Derecho de la Salud y las
políticas internacionales que establecen patrones de
conducta para el abordaje de la pandemia por parte de la
Organización Mundial de la Salud, de ONUSIDA y del Estado
Cubano a través del Ministerio de Salud Pública. Se
desarrolla además dentro del contexto social cubano como
penetró la enfermedad al país desde las primeras
personas que cumpliendo misión internacionalista en los
países del cono sur africano en Angola y en aquel momento
Etiopia contrajeron la enfermedad en la zona de Punta Negra por
realizar conductas sexuales desprotegidas
Su evolución en el contexto social cubano con una
segunda etapa donde se insertan personas procedentes de
vías marginales, los que se llegaron incluso a inocular
sangre para adquirir la enfermedad, y contagiados poder tener un
medio de subsistencia económico a través de un
salario o
subvención económica, material e inmobiliaria
entregada por el Estado.
Una tercera etapa marcada en su incidencia predominante
en hombres que tienen relación con otros hombres y de
bisexuales, que asumen conductas de riesgo a pesar de tener la
percepción de la enfermedad y de poder
adquirir la misma ante sus conductas irresponsables por el
posible contagio del VIH/SIDA, con una prevalencia del uso de
medidas correctivas en la vía penal.
Se señalan todas las acciones que esta realizando
el Estado Cubano a nivel de país y en especial en el
objeto muestral como problema de nuestra investigación. Y
de modo muy singular los criterios de la Iglesia Católica
Cubana acerca del problema de esta enfermedad.
Que luego de estudiado el problema objeto de
investigación podemos significar que entre los ciudadanos
que conviven con el VIH/SIDA, y quienes aún no lo poseen,
tienen una percepción del riesgo que contrae realizar
prácticas sexuales desprotegidas, y a pesar de esto se
continúan realizando. Lo que dice que hay que continuar el
trabajo en materia de comunicación y difusión de la
sexualidad
responsable, para modificar patrones y conductas.
CAPÍTULO 2
La
Responsabilidad Civil
A modo de prólogo:
En este capitulo hemos desarrollado los apuntes
relacionados con la definición de la responsabilidad
civil, en atención a que la expansión del SIDA ha
llevado a profundos cuestionamientos y a la vez a la ruptura de
paradigmas en
relación con la atención en salud y la
consideración del futuro de inmensos grupos humanos.
Ninguna enfermedad ni siquiera la peste en el siglo XIV, la
tuberculosis o
la sífilis en el siglo XIX tuvo la relevancia que posee
actualmente el SIDA.
Su presencia tiene implicaciones sociales que involucran
el esfuerzo científico y económico del planeta,
así como el encuentro con otros complejos factores de
índole psicosocial, que incluyen la conducta y la
orientación sexual también la discriminación
e intolerancia, así como medidas de salud pública y
decisiones de orden político. Todos estos elementos han
convertido la enfermedad en un hecho de especial resonancia
histórica, política y sanitaria.
Es por esto que es de suma importancia analizar en este
capitulo la responsabilidad civil del ser humano como ente social
dentro del contexto de la sociedad cuando contagia a una persona,
que cuota de responsabilidad tiene para con la sociedad en que
convive y con esas personas que ante su conducta inadecuada les
trasmitió la enfermedad..
2.1 Apuntes conceptuales sobre
responsabilidad
La responsabilidad, según la
definición de la Real Academia Española de
la lengua, es la
"deuda, obligación de reparar y satisfacer, por
sí o por otro, a consecuencia de delito, de una
culpa o de otra causa legal".
Responsabilidad. 1. Cualidad de
responsable. 2. Deuda, obligación de reparar y
satisfacer, por sí o por otra persona, a consecuencia de
un delito, de una culpa o de otra causa legal. 3. Cargo u
obligación moral que
resulta para alguien del posible yerro en cosa o asunto
determinado. 4. Der. Capacidad existente en todo
sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las
consecuencias de un hecho realizado libremente. || ~
subsidiaria. f. Der. La que entra en juego en
defecto de la directa y principal de otra persona. || de
~. loc. adj. Dicho de una persona: De posibles y digna de
crédito. V. recurso de ~,
sociedad de ~ limitada.
Tomando en consideración el área o sector
del ordenamiento jurídico que resulte vulnerado por el
actuar de una persona natural o jurídica, existen
distintos tipos de responsabilidad jurídica, como lo es la
responsabilidad penal, laboral, administrativa y civil, esta
última es la que nos corresponde investigar y tratar en
este trabajo investigativo.
La Responsabilidad Jurídica Civil es de
gran importancia para el derecho en general, toda vez que al
imponerse un deber jurídico a los miembros de la sociedad
en su conjunto, o una obligación al sujeto pasivo de una
relación jurídica obligatoria en particular, su
cumplimiento se garantiza exigiendo esta a los
infractores.
Otra definición sobre la responsabilidad civil la
encontramos en la Wikipedia, la que nos acota que, "la
responsabilidad civil consiste en la obligación que
recae sobre una persona de reparar el daño
que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por un
equivalente monetario, (normalmente mediante el pago de una
indemnización de perjuicios)." La responsabilidad civil
puede ser contractual o extracontractual. Cuando la norma
jurídica violada es una ley (en sentido amplio), hablamos
de responsabilidad extracontractual, la cual, a su vez, puede ser
delictual o penal (si el daño causado fue debido a una
acción tipificada como delito), o cuasi-delictual o no
dolosa (si el perjuicio se originó en una falta
involuntaria). Cuando la norma jurídica transgredida es
una obligación establecida en una declaración de
voluntad particular (contrato,
oferta
unilateral, etcétera), hablamos, entonces, de responsabilidad
contractual.
2.1.1 Orígenes de la responsabilidad
civil
Los orígenes de las actuaciones que pueden
derivar en una responsabilidad civil son muy variados. Por
ejemplo, puede derivar del incumplimiento de un contrato o de una
acción u omisión involuntaria, sin que exista
ninguna relación jurídica anterior.
Puede, a su vez, ser la consecuencia de un acto de la
persona que lo causa, o de quienes dependen de él
directamente. Si la persona que causa el daño no es
solvente para repararlo, puede ser que la responsabilidad del
mismo recaiga sobre un tercero que lo asuma.
En todos estos casos, la acción u omisión,
ya sea voluntaria o no, no ha sido correcta, y esto ha derivado
en una situación que perjudica a otra u otras personas.
Esta situación es demostrable y, por tanto, existe un
culpable o responsable.
Por el contrario, puede darse el caso de que la persona
sea culpable, no por una actuación demostrable sino porque
concurren una serie de circunstancias, reguladas por ley, que
asignan la responsabilidad. La única forma de eludir la
responsabilidad en estos casos es demostrar que la causa de la
que se le responsabiliza ha sido fortuita. Este es el caso
típico de la responsabilidad civil del seguro de
vehículos a motor, en la que
el propio Código
de la Circulación establece la responsabilidad si
concurren unas determinadas circunstancias.
La característica de los seguros de
responsabilidad civil es que, en la mayoría de los casos,
se desconoce el alcance del posible daño a causar. La suma
asegurada no se corresponde con el valor de un
bien material, pues no se sabe de antemano qué bien va a
ser dañado, si es que el daño no es físico o
moral.
Responsabilidad civil particular, Se trata de la
responsabilidad en que puede incurrir una persona en su vida
privada. El alcance de los daños puede ser corporal,
material o patrimonial. Entre las modalidades más
frecuentes se pueden citar la responsabilidad civil del cabeza de
familia, la del propietario de inmuebles, la del propietario de
animales
domésticos, como directivo de club social, presidente de
la comunidad de
propietarios. etc.
Responsabilidad civil de explotación, es
la modalidad que cubre las consecuencias económicas en las
que puede incurrir una empresa, ya
sea industrial o comercial, en el desarrollo de su actividad,
tanto por parte del desempeño de las funciones propias
de la empresa como
del daño que puedan causar las instalaciones de la misma.
En este caso, el perjudicado siempre es alguien que no
está vinculado a la empresa por
relación laboral alguna.
Responsabilidad civil patronal, es aquélla
que nace cuando se causa un daño a los trabajadores de la
empresa por negligencia demostrada del patrón. Sólo
se puede acreditar esta responsabilidad en caso de que existan
lesiones al trabajador o su fallecimiento.
Responsabilidad civil cruzada, Es en la que
incurre el constructor de una obra por los daños que
ocasionan en la misma las empresas
subcontratadas.
Responsabilidad civil de productos, es aquella
modalidad de seguro de responsabilidad civil en la que se cubren
los daños personales y materiales que causan el uso y la
tenencia de los productos
puestos en circulación por parte del fabricante de los
mismos. El daño lo causa directamente el producto al
consumidor y
éste reclama directamente al fabricante.
Responsabilidad civil profesional. Es la que
cubre los daños que causa un profesional a sus clientes como
consecuencia de acciones u omisiones derivados de la
prestación de un servicio propio del ejercicio de su
actividad profesional.
Durante la investigación realizada pudimos
constatar varios tipos de responsabilidad civil, adecuada
a cada sujeto en particular según sea la materia de que se
trate, es por ello que en el cuerpo de este trabajo se
expondrán cada una de ellas con sus sujetos.
Esta la responsabilidad civil extracontractual
subjetiva, establecida desde los tiempos de la antigua Roma, en la que
la Ley de las XII Tablas autorizaba a los acreedores a
conducir después de sesenta días de prisionero al
deudor para venderlo como esclavo, fue desarrollada por obra de
los juristas medievales en relación al daño, a
nivel federal se vincula a la necesidad de demostrar la culpa
(negligencia, imprudencia o impericia), o el dolo, en los cuales
se sustenta la responsabilidad del agente
dañoso.
Esta institución implica el sometimiento
de la reacción jurídica frente al daño y la
finalidad de esa reacción, que equivale a la
reparación del daño, y que se logra transfiriendo
el peso de este a un sujeto distinto del perjudicado,
quedándose obligado el mismo a soportarla,
independientemente de la voluntad y la situación en que se
encuentre que representa precisamente la
responsabilidad.
De ahí, que el tema de la responsabilidad
civil es de gran trascendencia para nuestro ordenamiento
jurídico. La palabra responsabilidad proviene del
latín respondere, que se refiere a la
capacidad de una persona para responder sobre los hechos propios,
lo cual no es necesariamente una regla, como veremos más
adelante. Conforme a la doctrina el término
"responsabilidad" significa la sujeción de una
persona que vulnera un deber de conducta, impuesto en
interés
de otro sujeto a la obligación de reparar el daño
producido.
2.2 La responsabilidad civil
Responsabilidad civil, consiste en la
obligación que recae sobre una persona de reparar el
daño que ha causado a otro, sea en naturaleza o bien por
un equivalente monetario, (normalmente mediante el pago de una
indemnización de perjuicios).
Es toda obligación de satisfacer por quien lo
deba o por otra persona, cualquier daño o pérdida
que se hubiese causado a un tercero, porque así lo exige
la naturaleza de la convención originaria que se encuentra
determinada por Ley, prevista en las estipulaciones del contrato,
o se deduzca de los hechos acaecidos, aunque en la
realización de los mismos no haya intervenido culpa ni
negligencia del obligado a reparar.
El término "responsabilidad" indica la
obligación de aquél a quien corresponden las
consecuencias de un hecho que lesiona un interés o
voluntad protegidos. Se trata, pues de un principio fundamental
del Derecho y, en especial, del Derecho
Público, por cuanto se desarrolla en todo su espectro
y, esencialmente, en la cotidianidad de los individuos regulados
por el ordenamiento jurídico. La responsabilidad y el
control del poder público son reglas básicas de
todo Estado de
Derecho, constituyéndose la primera en concepto
correlativo del mismo.
El rol preventivo es discutible en realidad, toda
vez que un sistema de responsabilidad basado en factores
subjetivos de atribución no favorece la
prevención. Más aún, los sistemas de
responsabilidad que basan su forma institucional en un
daño causado y los sistemas realmente preventivos
son de carácter residual o subsidiario.
Así, algunos propugnan que son los duros
términos de los sistemas objetivos de responsabilidad los que, en
base a una sanción difícilmente excusable,
favorecen realmente la prevención. (Riesgo
creado)Esta responsabilidad civil puede ser
contractual o extracontractual. Cuando la norma
jurídica violada es una ley (en sentido amplio),
hablamos de responsabilidad extracontractual, la cual, a su
vez, puede ser delictual o penal (si el daño causado
fue debido a una acción tipificada como delito), o
cuasi-delictual o no dolosa (si el perjuicio se
originó en una falta involuntaria). Cuando la norma
jurídica transgredida es una obligación
establecida en una declaración de voluntad
particular (contrato, oferta unilateral, etcétera),
hablamos, entonces, de responsabilidad
contractual.Rafael de Pina considera que
responsabilidad "en su acepción jurídica,
significa tanto como obligación que una persona
tiene con respecto a otra de reparar los daños y
resarcir los perjuicios que haya ocasionado como
consecuencia de un acto propio o ajeno, o por el efecto de
las cosa su objetos inanimados o de los
animales".Bejarano Sánchez define a la
responsabilidad civil como "la necesidad de reparar los
daños y perjuicios causados a otro, por un hecho
ilícito o por la creación de un riesgo… es
el nombre que se le da a la obligación de indemni
zar los daños y perjuicios causados por un hecho
ilícito o por un riesgo creado"Para Borja Soriano, la responsabilidad
civil "consiste en la obligación que tiene una
persona de indemnizar a otra los daños y perjuicios
que se le han causado".Gutiérrez y González define a
la responsabilidad civil por hecho ilícito como una
conducta que consiste en restituir las cosas al estado que
tenían y de no ser posible, en la restitución
del detrimento patrimonial (daño y/o perjuicio)
generado por una acción u omisión de quien lo
cometió por sí mismo, o esa acción u
omisión permitió que se causara el
detrimento, por personas a su cuidado, o cosas que posee, y
que originó con ello la violación culpable de
un deber jurídico stricto sensu, o de una
obligación lato sensu previa, en cualquiera de sus
dos especies.Galindo Garfias señala que en
términos generales, la responsabilidad civil se
concibe "como la consecuencia de la violación del
deber jurídico de no dañar a
nadie".Luis Díez-Picazo y Antonio
Gullón afirman que "la responsabilidad significa
la sujeción de una persona que vulnera un deber de
conducta impuesto en interés de otro sujeto a la
obligación de reparar el daño
producido".La responsabilidad civil, por tanto,
consiste en la obligación que tiene una persona
de resarcir daños y perjuicios causados a otra
persona, por una conducta contraria al derecho, a las
buenas costumbres, o por un riesgo creado.Según Rojina Villegas, los elementos
de la responsabilidad civil son los siguientes:1. La comisión de un
daño.2. La culpa.
3. La relación de causa a efecto entre el
hecho y el daño.Por su parte, Galindo Garfias señala
tres elementos para que pueda surgir la responsabilidad
civil:1. Un hecho ilícito.
2. La existencia de un daño.
3. Un nexo de causalidad entre el hecho y el
daño.Hay autores como Antonio Gullón y
Luis Díez-Picazo que añaden un
elemento más: la existencia de un criterio que
permita imputar dicha responsabilidad al demandado.
Este criterio puede ser el de la culpa, el
dolo, la idea de riesgo o una atribución
automática o exlege de la
responsabilidad.En consecuencia, se puede decir que los elementos
de la responsabilidad civil son: un hecho
ilícito; la comisión de un daño
o perjuicio; una relación de causa efecto entre
el hecho ilícito, el hecho contrario a las buenas
costumbres o un riesgo creado, y el daño; y
por último, un criterio que permita imponer la
responsabilidad al infractor.- Objetivo de la responsabilidad civil, el
objetivo principal de la responsabilidad civil es procurar la
reparación, que consiste en restablecer el equilibrio
que existía entre el patrimonio
del autor del daño y el patrimonio de la
víctima antes de sufrir el perjuicio. La
responsabilidad civil posee un aspecto preventivo, que lleva
a los ciudadanos a actuar con prudencia para evitar
comprometer su responsabilidad; y un aspecto punitivo, de
pena privada. - La diferencia con la responsabilidad penal,
es importante distinguir la responsabilidad civil de la
responsabilidad penal, ya que esta última tiene
por finalidad designar a la persona que deberá
responder por los daños o perjuicios causados a la
sociedad en su totalidad, no a un individuo en particular. A
la vez, todas estas especies de responsabilidad
jurídica deben distinguirse de la responsabilidad
moral, en la cual los responsables no responden de sus
actos ante la sociedad, sino ante su propia
conciencia.
Para la responsabilidad penal los daños o
perjuicios tienen un carácter social, pues son
considerados como atentados contra el orden público lo
suficientemente graves como para ser fuertemente reprobados y ser
erigidos en infracciones. Las sanciones penales tienen una
función esencialmente punitiva y represiva, y sólo
buscan la prevención de manera accesoria (ya sea a
través de la intimidación y la disuasión, o
a través de la rehabilitación del culpable, de su
reeducación o de su reinserción social).
La responsabilidad civil intenta asegurar a las
víctimas la reparación de los daños privados
que le han sido causados, tratando de poner las cosas en el
estado en que se encontraban antes del daño y restablecer
el equilibrio que ha desaparecido entre los miembros del grupo.
Por estas razones, la sanción de la responsabilidad civil
es, en principio, indemnizatoria, y no represiva.
2.2.1 Tipos de Responsabilidad Civil
La Responsabilidad Civil por daño al medio
ambiente, es cuando se está tocando uno de los
temas de mayor trascendencia en las agendas internacionales de
los Estados. Se trata de la obligación que surge de una
persona para reparar el daño que produjo al medio ambiente,
razón por la cual se genera la obligación de
realizar acciones positivas o negativas o de pagar con sumas de
dinero, en
aras de restablecer el medio ambiente mermado o por lo menos
disminuir de la mejor forma los efectos negativos
producidos.
Las normas ambientales, son fuertemente marcadas por
tratados o
declaraciones internacionales, se encargan de acercar ambos
polos. No en vano a partir del concepto de Desarrollo
Sostenible, "los seres humanos… tienen derecho a una
vida saludable y productiva en armonía con la
naturaleza", porque, "el derecho al desarrollo debe
ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las
necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones
presentes y futuras."
Pero ese desarrollo sostenible en muchas ocasiones no se
presenta en la actividad humana, porque se daña
antijurídicadamente el medio ambiente, surgiendo la
responsabilidad civil como un discurso que influye notoriamente
en la cadena de producción de bienes. Es
este precisamente uno de los grandes aportes que puede hacer la
teoría de la responsabilidad civil, en la medida en que la
indemnización de daños ambientales será un
factor esencial en la regulación del mercado.
Es por ello que, "el primer objetivo es responsabilizar
al contaminador por los daños que causa. Ahora bien cabe
preguntar, ¿cuáles son los requisitos para que se
declare la responsabilidad civil de una persona? Existen
quizás tantas formas de enumerarlos como autores dedicados
al tema, razón por la cual, me tomaré la libertad de
enunciar mi postura personal.
En mi entender se requiere, en primer lugar, de la
existencia de un daño. Algún derecho o bien ha
debido mermarse. En segundo lugar, que dicho daño sea
imputable al autor del hecho dañino, esto es, que se pueda
predicar que el daño fue causado por un hecho
dañino atribuible a una persona diferente de la
víctima.
En tercer y último lugar, se requiere que el
hecho dañino que se le atribuye a la persona la haga
responsable, porque generó un daño
antijurídico, es decir, no ajustado a derecho. Se debe en
esta última etapa responder afirmativamente a la pregunta
de si el autor del daño debe o no responder por el mismo,
ya que parto de que no todo daño causado por una persona
la hace responsable. Es por ello que la noción de
daño jurídico, que no hace responsable a quien lo
produjo, es la contraria de la de daño
antijurídico, que sí lo hace responsable, y es por
ello que, por ejemplo, una persona debe responder si causó
un daño con hechos dañinos que permiten predicar la
competencia
desleal y no responder si lo causó en una competencia
leal.
La Responsabilidad jurídica Contractual y
Extracontractual, es importante señalar que una de las
diferencias fundamentales entre la responsabilidad contractual y
la extracontractual reside en la carga de la prueba, pues en la
responsabilidad derivada de un contrato, el acreedor de la
respectiva prestación no está obligado a demostrar
la culpa del deudor, ya que ésta se presume en tanto el
segundo no demuestre que su incumplimiento o el atraso no le son
imputables, como el caso fortuito o la fuerza mayor;
en cambio, en la responsabilidad extracontractual le compete al
damnificado demostrar la culpabilidad
del autor del acto lícito.
Los contratos tienen
fuerza de ley entre las partes contratantes, pues obligan tanto a
lo que se expresa en ellos, como a las consecuencias que la
equidad, el
uso o la ley hacen nacer de la obligación, según la
naturaleza de ésta. La diferencia entre ésta y la
extracontractual, es que en la contractual basta demostrar el
incumplimiento para que se presuma la culpa.
Otra diferencia importante entre ambas, es que la
responsabilidad contractual puede ser limitada mediante una
cláusula limitadora de la responsabilidad (cláusula
penal, por ejemplo), si bien existen excepciones. En el
ámbito de la responsabilidad extracontractual no existen
las cláusulas de exoneración de la responsabilidad
porque no existe contrato.
Es por ello que las diferencias que encontramos entre
una y otra es el resultado del daño producido a otra
persona con la que no existía una relación
jurídica previamente convenida entre el autor del
daño y el perjudicado, y la segunda se desprende del
quebrantamiento de una obligación nacida de un contrato
entre partes. En este caso, el deber de indemnizar se deriva del
deber de cumplir que se ha infringido.
La responsabilidad extracontractual se traduce en la
transgresión de una norma general que obliga a todos sin
necesidad de que los particulares hayan convenido; en ella, la
obligación de indemnizar surge por la existencia de un
suceso perjudicial.
Sobre la diferenciación entre ambos tipos de
responsabilidades se han erigido distintas teorías como es
el caso de las Teorías dualistas que afirman que el
sustento de tal diferencia radica en el objeto mismo de la
obligación, otras teorías plantean que ambas
responsabilidades pueden identificarse por la existencia de un
vínculo previo entre los sujetos, cuya norma básica
de comportamiento para el caso de la contractual está en
el contrato y para la extracontractual está previsto de
forma general en la Ley; surgiendo en ambos casos la
obligación de reparar cuando el deber se
incumple.
Otras Teorías denominadas Intermedias consideran
que existen diferencias específicas en cuanto al grado de
concreción del deber, que es de carácter general e
indeterminado en la responsabilidad extracontractual hasta el
momento en que surge; siendo concreto y
determinado en la relación jurídica obligacional
específica.
También se han seguido dos criterios para el
establecimiento de la responsabilidad, sea esta nacida de un
contrato o de la producción de un evento dañoso;
tratándose de la Teoría Espiritualista o
Subjetiva y de la Teoría Objetiva o del
riesgo.
La responsabilidad objetiva, no ha sido admitida
por muchos autores como Perreira Facia, al decir que se
crea " una ficción de casos y cosas que la Ley por mucho
que quiera no puede presumir y tal es así que aceptar
dicha responsabilidad sería caer en un círculo
vicioso porque la vida moderna presenta nuevas necesidades que la
letra de la Ley Romana no pudo resolver, al encontrarse
aprisionada en moldes demasiados estrechos para ello y que
corresponden a épocas pasadas y al desarrollo que en ellas
el mundo había alcanzado."
Pero lo cierto es, que como resultado del desarrollo
industrial y científico-técnico, se han
multiplicado los riesgos y peligros existentes en la sociedad y
adquiere entonces la Teoría del riesgo, un éxito
notable.
La justicia y la
actividad legal desde el pasado siglo tienden a la llamada
objetivación de la responsabilidad civil a pesar de los
intentos de otros por recuperar la potestad absoluta de la
culpa.
Ahora bien debe señalarse que la nueva
teoría tropieza con un obstáculo nacido del
impedimento de llegar a un acuerdo sobre un argumento que, no
sólo es caracterizada en forma negativa (por suprimir
culpa), sino que permite aglutinar las diferentes manifestaciones
de responsabilidad sin culpa presentes en un determinado
ordenamiento jurídico.
Tomando como base la teoría del riesgo
desarrollada por Saleilles y Josserand a fines del
siglo XIX, se comenzó a aplicar responsabilidad
civil en casos en los que el autor del daño
había actuado lícitamente, imputando
responsabilidad fuera de toda culpa, por el simple hecho de
causar un daño. De este modo surgió la idea de
responsabilidad objetiva, que toma en cuenta un hecho
material, que es el causar un daño, independientemente de
todo elemento subjetivo como la culpa.
La diferencia esencial entre la responsabilidad
subjetiva y la objetiva, es que en esta
última se impondrá la obligación de
reparar daños y perjuicios sin importar que el
responsable haya actuado con culpa o no, será el
dato objetivo de la causación de un daño el que
dará lugar a la responsabilidad.
Gutiérrez y González afirma que la
responsabilidad objetiva es la necesidad jurídica que
tiene una persona llamada obligado-deudor, de cumplir
voluntariamente a favor de otra persona, llamada acreedor, que le
puede exigir, la restitución de una situación
jurídica al estado que tenía, y que le causa un
detrimento patrimonial, originado por:
- una conducta o un hecho previsto por la ley como
objetivamente dañoso; - el empleo de un
objeto que la ley considera en sí mismo peligroso,
o - por la realización de una conducta
errónea, de buena fe.
Rojina Villegas definía a la
responsabilidad objetiva como "una fuente de obligaciones
reconocida en algunos códigos de este siglo, por virtud de
la cual, aquel que hace uso de cosas peligrosas, debe reparar los
daños que cause, aun cuando haya procedido
lícitamente".
Para Bejarano Sánchez, habrá
responsabilidad objetiva "si los daños provienen de una
conducta lícita, jurídica, inculpable, consistente
en aprovechar un objeto peligroso que crea riesgo de
daños, responsabilidad fincada en dicho riesgo y que por
consiguiente se llama responsabilidad objetiva, por tener su
apoyo en un elemento externo como es el riesgo
creado".
Por su parte, Rafael de Pina señala
haciendo referencia a Gual Vidal, que la responsabilidad
objetiva consiste en establecer que para que surja la exigencia
de la reparación del daño ilícito
extracontractual no se requiere, en modo alguno, el elemento
culpa, por lo que lo único que se precisa es probar que el
daño existe, así como concurre la relación
de causa a efecto, no siendo necesario para nada el animus
nocendi, la intención de dañar, o la
imprudencia.
Luis Díez-Picazo y Antonio
Gullón consideran que la responsabilidad objetiva es
aquella que se produce con independencia
de toda culpa.
La Responsabilidad Subjetiva, en la teoría
subjetiva; el autor del daño solo responde cuando en su
actuar se evidencia la voluntad de dañar, negligencia o
falta de diligencia. De esta posición teórica se
derivan dos aspectos importantes; el hecho de que el lesionado ha
de probar que el acontecimiento causante del daño
constituyó un acto culpable, y que en consecuencia, el
agente comisor queda liberado de responsabilidad si se prueba que
el daño no le es imputable, la carga de la prueba recae en
la persona de la víctima, que en la mayoría de las
ocasiones no podrá acreditar suficiente elementos para
tener un juicio justo. Por estas limitantes, surge el criterio
objetivo de responsabilidad; que tiene por fundamento la
existencia de la relación causa-efecto entre el acto del
que produce el daño y éste, aún cuando no
haya intervenido fraude o error en
su actuar para exigir responsabilidad.
La responsabilidad será subjetiva cuando
tenga su fundamento en la culpa. Habrá responsabilidad
subjetiva cuando los daños "han sido causados por una
conducta culpable, antijurídica y dañosa, que tiene
por fuente el hecho ilícito y por soporte esa
noción subjetiva de la culpa".
Para Rafael de Pina, la responsabilidad subjetiva
"es la que recae sobre una persona determinada como consecuencia
de un acto propio que ha causado un daño a
otra".
La nota más relevante de la responsabilidad
subjetiva es la noción de culpa, es decir, "un
matiz o color particular de la conducta, es una
calificación del proceder humano que se caracteriza porque
su autor ha incurrido deliberada o fortuitamente en un error de
conducta, proveniente de su dolo, de su incuria o de su
imprudencia".
El principio general de no causar daño a otro es;
el denominador común para la exigencia de responsabilidad
civil, sea de cualquier tipo o género
pues el autor del daño responde de la obligación
de indemnizar o reparar los perjuicios causados a la
víctima. En tal sentido afirma Diez-Picazo que
"cuando el daño ha sido producido como consecuencia del
ejercicio normal o anormal de una actividad de la cual una
persona obtiene un beneficio económico, la carga de la
prueba se invierte de tal manera que no es el perjudicado quien
tiene que probar la culpa del dañador, sino que es
éste quien demostrará que adoptó todas las
medidas de precaución posibles para evitar el daño.
De la prueba de la culpa por el demandante se pasa así a
la prueba de la diligencia por el demandado…, la raíz
última del Derecho de Daños: la necesidad social de
defender y de amparar a la persona frente al maquinismo
industrial desencadenado en beneficio de determinadas partes de
la sociedad, y sólo indirectamente de la totalidad de
ella.
Responsabilidad Civil. Comparación entre acto
ilícito y hecho, el término "daño" se
refiere a toda suerte de mal material o moral. Esta
definición se debe entender en el sentido de daño
material. El daño también puede ser
moral.
Lo que es notorio, es que en materia de responsabilidad
civil, el daño se encuentra generalmente relacionado con
el concepto de perjuicio, que resulta ser la categoría
opuesta del daño.
Cuando un hecho cause daños y
perjuicios a una persona y la ley imponga al autor de este
hecho o a otra persona distinta la obligación de reparar
esos daños y perjuicios, hay responsabilidad
civil. Los daños y perjuicios cuya
reparación impone la ley, pueden provenir de un hecho
ilícito.
Los hechos voluntarios son lícitos o
ilícitos. Son lícitos los hechos voluntarios
que, produciendo consecuencias de derecho, no son contrarios de
la ley. Son ilícitos los hechos voluntarios contrarios a
la ley.
Toda acción humana puede consistir en una
acción positiva (facere) o en una acción
negativa, omisión o abstención (non facere).
Para que la acción u omisión pueda ser considerada
como fuente de responsabilidad es preciso que pueda ser
calificada como ilícita o antijurídica.
En este sentido, el acto o el hecho
jurídico que provoca responsabilidad civil o
responsabilidad objetiva, debe contener los elementos de culpa,
ilicitud o antijuridicidad, en el entendido de que el responsable
deberá ser capaz de restablecer las cosas a su
situación original, y en caso de no hacerlo, indemnizar al
perjudicado de acuerdo a la ley.
Conviene también señalar que la
imputación de tal conducta al agente provocador puede ser
por un comportamiento enteramente suyo, es decir, por hecho
propio; o bien, por una conducta de otro, sea, por hecho ajeno,
cuyo autor no ha tenido relación jurídica previa
con el ofendido.
Para abordar este tema, comenzaremos diciendo que el
concepto de hecho ilícito civil debe diferenciarse
claramente de su homólogo en el ámbito penal, por
lo que de la búsqueda practicada en diccionarios
jurídicos, acerca de la definición de ambos
términos, encontramos que en derecho penal, se
entiende por hecho antijurídico la conducta que realiza el
tipo de una ley penal, aunque falte el aspecto culpable. Los
hechos antijurídicos, se califican, según la
gravedad de la amenaza y de la pena en crímenes y delitos.
En el derecho civil, se
entiende por hecho antijurídico a la acción
generadora de daños que acarrean responsabilidad civil, en
la siguiente forma:
Hecho abusivo; Acción ejercida en forma
antifuncional, que ocasiona un resultado
dañoso.
Hecho ilícito: Acción violatoria de
la ley.
Hecho excesivo: Acción que en su ejercicio
ocasione un perjuicio mayor del funcionamiento permitido,
generando responsabilidad civil.
El hecho jurídico modifica la realidad
jurídica, ya que la norma le atribuye efectos legales, ya
que corresponde al cumplimiento de una hipótesis contenida en el cuerpo de la ley,
por lo que necesariamente debe tener consecuencias. En este
contexto, se puede señalar que el hecho ilícito es
violatorio de la ley.
Cabe manifestar que mientras ante el hecho
ilícito penal, se acreditan los elementos del cuerpo
del delito, para justificar la responsabilidad del inculpado y la
autoridad
responsable para juzgar el grado de responsabilidad en que
incurrió el culpable, deberá tomar en
consideración los elementos que obraban en las causas, al
dictarse la sentencia respectiva, a saber:
- Elementos del cuerpo del delito.
- Su inclusión en expedientes para juzgar el
grado de responsabilidad.
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